Las plataformas digitales (entre ellas BDWeb) funcionan únicamente como canales de difusión y no se responsabilizan por la veracidad, exactitud o legalidad de la información publicada por usuarios, asesores y proveedores.

Dado que el contenido es generado por terceros, es obligación de los clientes y profesionales inmobiliarios validar previamente todos los datos (precios, características de inmuebles, documentación legal, disponibilidad y condiciones de transacción) antes de utilizarlos o compartirlos con interesados.

En caso de detectar información errónea, incompleta, fraudulenta o que incumpla normativas vigentes —como la NOM-247-SE-2021 (que regula las prácticas comerciales en el sector inmobiliario) u otras disposiciones legales—, se debe reportar inmediatamente al equipo de soporte de BDWeb directamente desde la plataforma, utilizando los mecanismos de denuncia o contacto proporcionados.

Estas acciones garantizan la integridad de BDWeb y protegen a todos los usuarios. La plataforma se reserva el derecho de eliminar anuncios, suspender cuentas o colaborar con autoridades en casos de irregularidades comprobadas.

Se sugiere al Asesor inmobiliario, tomar en cuenta la siguiente información:

Un asesor inmobiliario que opere en la República Mexicana, debe cumplir con un marco legal específico para publicar y comercializar inmuebles en plataformas digitales, redes sociales, publicidad impresa y otros medios. A continuación, se detallan las normativas clave que regulan su actividad:

1. Normativa Federal Aplicable

A) Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC)

Artículo 32: Prohíbe la publicidad engañosa o abusiva en bienes inmuebles.

Artículo 47 Bis: Obliga a proporcionar información clara, verificable y completa (precio, ubicación, metros cuadrados, servicios, restricciones legales).

NOM-247-SE-2021: Establece requisitos mínimos de información en anuncios inmobiliarios (debe incluir datos registrales, uso de suelo, cargas fiscales, etc.).

B) Código Civil Federal

Artículo 1831: Exige que los intermediarios (asesores) actúen con buena fe y diligencia profesional.

Artículo 2446: Regula la mediación inmobiliaria y la obligación de transparentar comisiones.

C) Ley de Instituciones de Crédito (para financiamientos)

Si el asesor promueve créditos hipotecarios, debe evitar prácticas no autorizadas por la CNBV (ej.: simular trámites sin licencia).

2. Normativa Estatal (Estado de México)

A) Código Civil del Estado de México

Artículo 4.16: Exige que los contratos de compraventa o arrendamiento se ajusten a la legalidad registral (evitar propiedades con gravámenes no declarados).

Artículo 4.21: Regula la responsabilidad del intermediario por omisiones en la información del inmueble.

B) Ley de Hacienda del Estado de México

Pago de impuestos: El asesor debe asegurar que los inmuebles cuenten con predial al corriente y que las transacciones cumplan con el ISAI (Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles).

C) Reglamento de Publicidad Exterior del Edomex

Si usa publicidad impresa (vallas, espectaculares), debe obtener permisos municipales y evitar afectar el paisaje urbano.

3. Obligaciones Éticas y Profesionales

A) Registro ante la PROFECO

Los asesores deben inscribirse en el Sistema Nacional de Información de Proveedores de Bienes Inmuebles (para evitar sanciones por publicidad engañosa).

B) Ley General de Sociedades Mercantiles

Si opera bajo una inmobiliaria, esta debe estar legalmente constituida (acta constitutiva, RFC, etc.).

C) Protección de Datos Personales (LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS)

Artículo 16: Prohíbe compartir datos de clientes (ej.: teléfonos, correos) sin consentimiento expreso.

4. Sanciones por Incumplimiento

PROFECO: Multas hasta $4,240,000 MXN por publicidad falsa (Art. 127 LFPC).

Municipios del Edomex: Clausura de anuncios impresos sin permiso.

CNBV: Acciones legales si se simula ser intermediario de créditos.

Recomendaciones Adicionales

Verificar información: Certificar que los inmuebles no tengan gravámenes (ej.: embargos) en el Registro Público de la Propiedad.

Incluir en anuncios:

Clave catastral.

Precio real (sin omisiones).

Advertencias legales (ej.: “Sujeto a disponibilidad”).

Capacitarse: Certificaciones como AMP (Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios) o Cámara Inmobiliaria Mexicana.

Conclusión

Un asesor inmobiliario en el Estado de México debe alinear su práctica con leyes federales, estatales y normativas técnicas (como la NOM-247), garantizando transparencia, veracidad y respeto a los derechos del consumidor. El incumplimiento puede derivar en sanciones económicas, pérdida de credibilidad y acciones legales